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« El Otro »

October 10, 2026
Ricardo F. Morín
Serie Triangulación Nº 7
37″ x 60″ x 2″
Óleo sobre lino
2006

Un hombre de edad avanzada está de pie junto a su equipaje, cerca del borde de una acera ancha, en una parada de autobús.  Otro hombre, más joven, repara en él desde lejos y se aproxima con una mirada fija que el mayor percibe como calculadora y resuelta.  Hay espacio para pasar.  El joven, sin embargo, se desvía y golpea al hombre mayor con fuerza suficiente para desplazarlo del lugar que ocupa; luego sigue andando sin dar explicaciones ni disculparse.  No hay discusión previa y el golpe no causa lesiones graves.

La mirada y el cambio de rumbo hacen pensar en un golpe deliberado, pero apenas permiten entrever qué lo ha motivado.  Cabe imaginar desprecio, irritación, resentimiento o el deseo de imponerse a alguien.  Que una de esas hipótesis permita comprender el acto no basta para darla por cierta.  Se puede seguir la atención del joven hasta el momento del golpe; no se puede precisar con igual certeza el motivo de su conducta.

Antes de golpearlo, el joven había reparado en el hombre mayor.  Lo que percibió bastó para dirigir sus pasos hacia él; advertir la presencia de alguien, sin embargo, no permite saber hasta qué punto se lo reconoce como persona.  La atención puede fijarse con precisión en el destinatario de un acto y permanecer indiferente a la vida en la que ese acto irrumpe.

Normalmente, se pasa junto a un desconocido sin exigirle que justifique su presencia.  El hombre que espera junto a su equipaje no necesita explicar adónde va ni por qué se ha detenido allí.  No hace falta conocer casi nada de él para tener la consideración elemental de pasar sin tocarlo.

Alguien que en otras circunstancias guardaría esa consideración puede negársela a una persona de la que espera poca resistencia o ante la que cree no tener que responder por sus actos.  La contención se debilita de manera selectiva y la vulnerabilidad ajena puede ofrecer una ocasión para actuar.  No se sabe si la edad del hombre mayor o una expectativa de impunidad influyeron en la elección del joven.  Aun si se confirmara el resentimiento, quedaría por saber por qué se dirigió precisamente contra ese desconocido.

Al joven le bastaba con pasar.  Quienes tienen a su cargo la protección de una población pueden verse ante situaciones en las que no atajar un peligro exponga a otros a nuevos daños.  Puede ser necesario que recurran a la fuerza, y quienes aguardan su decisión pueden tener razones apremiantes para exigirlo.

Un gobierno que defiende su territorio, otro que invade un país ajeno y otro que actúa frente a un peligro que prevé no se hallan en las mismas circunstancias ni les corresponde la misma responsabilidad.  El sufrimiento que sobreviene no borra la responsabilidad por el origen de una guerra.  Tampoco esa responsabilidad decide por sí sola cómo deben juzgarse las acciones posteriores.

Antes de decidir cómo proseguir, los responsables deben examinar qué peligro subsiste, qué ha cambiado y qué podría lograrse con una nueva acción.  Las personas que siguen expuestas a ataques pueden necesitar defensa mucho después del daño inicial, mientras que una operación breve puede infligir daños para los que nunca existió justificación suficiente.  Ni la duración de una guerra ni la magnitud de las pérdidas ya sufridas bastan para determinar lo que deba hacerse a continuación.

Quienes han sufrido un ataque pueden, sin embargo, seguir teniendo más presente el daño inicial que los cambios que se producen mientras se decide cómo responder y se actúa.  Un peligro remite, se alcanza un objetivo o una nueva acción introduce riesgos que antes no existían, mientras lo ocurrido sigue reclamando una respuesta.  Cuando se le pregunta qué lograría otro ataque, un dirigente puede invocar las pérdidas ya sufridas.  La contestación puede ser del todo sincera y, aun así, dejar la pregunta sin responder.

En el duelo puede perdurar una fidelidad a los muertos que ningún cambio de circunstancias alcanza a satisfacer.  La acción política, sin embargo, se desarrolla entre los vivos.  La exigencia de responder a una pérdida puede persistir cuando una acción concreta ya no cumple el propósito protector que llevó a emprenderla.  Reconsiderar lo que se hace puede entonces vivirse como una deslealtad, aun cuando sea necesario para seguir protegiendo.

Quienes ejercen la fuerza pueden, entretanto, identificar a las personas expuestas a ella sobre todo por el lugar donde viven o por sus vínculos con otras personas.  Pueden incluir en un mismo ámbito de actuación a quien dirigió un ataque, a quien lo apoyó y a quien simplemente vivía donde se originó, aunque no les corresponda la misma responsabilidad.  Nadie necesita negar que cada uno tiene una historia o es capaz de sufrir.  Es posible reconocer esos hechos y luego descartarlos por irrelevantes para lo que se va a hacer.

Desde la distancia, quienes dirigen una operación quizá sólo conozcan a las personas expuestas a ella por las reuniones informativas, las labores de vigilancia, los partes de bajas y las observaciones transmitidas a través de la cadena de mando.  Esos medios pueden revelar lo que no está al alcance de la observación directa de quienes deciden.  Un informe puede dar a conocer a alguien alejado del peligro lo que quienes están expuestos a él no tienen medios para comunicarle por sí mismos.  Los propios procedimientos con que se adopta la decisión pueden acortar la distancia entre unos y otros.

Sin embargo, los informes pueden seguir llegando cuando ya no se admite revisar la decisión de continuar.  Alguien puede registrar una pérdida con exactitud y, aun así, verla únicamente como un dato que debe anotarse antes de emitir la siguiente autorización.  Las personas afectadas siguen figurando en los registros, pero se impide que cuanto se sabe de ellas influya en la decisión de proseguir.  La información ha llegado; los fundamentos de la actuación han quedado a resguardo de ella.

Alguien a quien se ha confiado la seguridad de otros puede causar daño conscientemente y creer que, de no actuar, el daño sería mayor.  El conflicto puede ser real y no resolverse por el mero hecho de conocer mejor las consecuencias.  Pero cuando quienes actúan se convencen de que su responsabilidad justifica por sí sola su actuación, pueden considerar a quienes sufrirán el daño sólo como un coste ya aceptado.  Quienes cuestionan ese daño pueden entonces ser tratados como si se opusieran a la protección misma.

Un funcionario puede disponer de autoridad para ordenar una acción y de medios para ejecutarla, mientras quienes sufrirán sus consecuencias apenas pueden cuestionar la primera o contrarrestar los segundos.  Puede imponer su decisión sin dar cuenta de lo que les debe.  La cuestión de la justicia subsiste, aun cuando actúe con la intención sincera de proteger a otros.

El hombre mayor estaba lo bastante cerca para que el joven pudiera dirigirse hacia él deliberadamente.  Una población lejana puede describirse hasta el último detalle.  Ni la proximidad ni la información revelan por sí solas qué lugar ocupa la presencia del otro en una decisión.  La atención puede limitarse a lo que facilita el acto; también es posible ejecutarlo sin perder la conciencia clara del sufrimiento que causará.  El fallo puede darse en la propia atención.

Una persona puede comprender un daño, condenar que se cause y, sin embargo, consentir otro semejante contra alguien a quien se ha dejado al margen de la protección de ese juicio.  Lo comprendido permanece intacto, pero se restringe su alcance.  Dar cuenta de los temores, agravios o convicciones de esa persona puede hacer más inteligible su conducta sin esclarecer cómo concilia lo que hace con lo que condena.

El joven sigue su camino sin dar explicaciones.  No saber por qué actuó así deja una pregunta acerca de él, pero no borra la fuerza que ejerció.  Con más información quizá se comprendería mejor qué lo impulsó, pero le debía al hombre mayor la contención elemental que le habría permitido permanecer donde estaba.

El otro sigue siendo alguien cuya vida excede los términos en que se lo ha considerado.  El agravio, la amenaza, el procedimiento y la necesidad pueden limitar lo que se acepta tener en cuenta de esa persona.  No se la conoce por entero.  Sin embargo, quizá se haya decidido ya actuar como si nada más de ella pudiera importar.

Ricardo F. Morín
6 de octubre de 2026
Bala Cynwyd, Pensilvania

Nota del autor:
Las condiciones aquí descritas ya se examinaron en « La gramática del conflicto », a partir de la estructura del lenguaje y no de encuentros concretos.