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« La atribución de la capacidad de obrar »

November 6, 2026


Correspondencia.  Ricardo F. Morín.  CGI, 2026.

Ricardo F. Morín

2 de noviembre de 2026

Oakland Park, Fl

Un espectador puede tomar una indicación sobre el procedimiento empleado como prueba suficiente de la competencia de quien realizó la obra.  Al hacerlo, sustituye el examen de las decisiones de esa persona por información acerca de una herramienta.  La plataforma describe un procedimiento; el espectador deduce qué parte de la elaboración delegó quien produjo la obra, juzga el valor de esa delegación y, conforme a ese juicio, le reconoce o le resta mérito.  El juicio del espectador incluye, por tanto, suposiciones sobre la conducta humana que la descripción de la plataforma no aporta.

Una diseñadora relata que compuso en Canva una imagen para la cuenta de redes sociales de su empleador, sin recurrir a plantillas ni a la inteligencia artificial.  Tras publicarla, advierte un rótulo relativo a la IA e interpreta que la plataforma atribuye a una máquina la totalidad del trabajo.  Sostiene que la composición es obra suya y describe su situación como la necesidad de convencer a un robot de que ella no lo es.  Asocia entonces la comodidad de la IA con la pereza, sostiene que su empleo por las empresas denota escasa calidad y desidia, y afirma que los diseñadores gráficos poseen una autenticidad que la IA no puede aportar.  Pide a los lectores que recurran a los servicios de diseñadores gráficos y recomienda Canva Pro.  También propone realizar una captura de pantalla antes de publicar la imagen, para impedir que la plataforma lea los metadatos que indicarían cómo se elaboró.1

La diseñadora impugna la descripción que la plataforma ofrece del procedimiento empleado y entiende el aviso como una negación de su aportación.  Para comprobar su objeción a esa descripción harían falta un registro de las operaciones ejecutadas y el texto del aviso.  Para valorar su aportación habría que examinar las decisiones que tomó durante la elaboración.  Una plataforma puede identificar correctamente una operación de IA y omitir los propósitos y las elecciones de la persona que la dirigió.  El lector puede tomar esa descripción parcial como una explicación completa de la composición y atribuir al sistema decisiones que el aviso no documenta.

El diseñador ejerce su capacidad de obrar cuando dirige un trabajo y decide cómo proceder ante los resultados.  Reivindica la autoría de lo que sus decisiones aportan a la obra.  Los proveedores de programas informáticos determinan las operaciones que permite una interfaz, incluidas las que se ejecutan mediante IA.  Dentro de esos límites, el diseñador puede examinar una composición propuesta, rechazarla o indicar cómo debe modificarse.  El diseñador ejerce su autonomía mediante esas elecciones, aunque recurra al instrumento para ejecutarlas.  Quien valora la autoría necesita distinguir las decisiones del diseñador de las operaciones que este delegó en el instrumento.

Quien trabaja con un programa que conoce bien puede describir el proceso a partir de las acciones que recuerda haber realizado:  seleccionar un elemento, cambiarlo de posición o rechazar una disposición.  El relato destaca las intervenciones del usuario y presta menos atención a las operaciones que ejecutó el programa.  Al leer un rótulo de IA, un espectador puede invertir ese énfasis y atribuir al sistema el resultado, sin reparar en las intervenciones del usuario.  Los dos relatos dirigen la atención hacia distintos participantes en una misma actividad.  La familiaridad con una interfaz ayuda a explicar el relato de un usuario, pero no le permite medir la aportación de otra persona que utiliza una interfaz que el primer usuario desconoce.

La diseñadora identifica Canva como la plataforma en la que trabaja y afirma que no utilizó IA.  Canva declara que su función Quitafondos, destinada a eliminar fondos, emplea IA; la clasifica como una herramienta de edición que no añade al diseño los metadatos con los que la empresa identifica el contenido generado con IA.2 El proveedor distingue así la tecnología de una función de la categoría consignada en el archivo resultante.  Un usuario puede entender una operación como una edición ordinaria, aunque el proveedor señale la intervención de la IA en ese procedimiento.  Al mencionar Canva, la diseñadora identifica la plataforma; al reivindicar la autoría, se refiere a las decisiones que tomó al utilizarla.

La diseñadora pide a los lectores que reconozcan las decisiones que ella tomó.  La diseñadora atribuye escasa calidad y desidia al uso de la IA y descalifica con ello a sus usuarios, cuyas decisiones no examina.  Reclama atención a una aportación concreta cuando defiende su trabajo y sustituye ese examen por un juicio general sobre una herramienta cuando valora el trabajo ajeno.  El posible error de hecho de la plataforma y el juicio desfavorable de la diseñadora exigen, aun así, correcciones distintas:  la plataforma tendría que rectificar una descripción inexacta del procedimiento, mientras que la diseñadora tendría que aportar razones para juzgar a las personas que lo emplean.

Una empresa podría encargar un aviso que indicara que, mientras duren las obras del edificio, la entrada se encuentra en una calle lateral.  Un diseñador podría obtener una imagen atractiva mediante un procedimiento automatizado, advertir que la imagen dirige a los clientes hacia la entrada cerrada y exigir una corrección.  Otro diseñador podría componer cada elemento visible mediante operaciones controladas por separado y, sin embargo, conservar la indicación equivocada de la entrada.  El primer diseñador ha tenido en cuenta información esencial para el encargo.  El segundo ha pasado por alto esa información, pese a controlar cada operación.

El cliente puede examinar cómo empleó cada diseñador la información sobre la entrada y si el aviso terminado conduce a los clientes del negocio a la puerta correcta.  También puede juzgar la disposición de la imagen y del texto, una cuestión distinta de la exactitud de las indicaciones.  Un diseñador podría ofrecer información correcta en una composición torpe; otro podría ordenar los elementos con inventiva y omitir una instrucción esencial.  Los dos juicios conciernen a decisiones diferentes del diseñador:  qué indicaciones ofrecer y cómo disponer los elementos visibles.

Los bocetos y la correspondencia pueden dejar constancia de decisiones que la obra terminada no muestra.  Una imagen descartada puede documentar un error que el diseñador detectó antes de entregar el trabajo.  La explicación de una modificación puede vincular el cambio con una inquietud expresada por el cliente.  Esos documentos permiten al cliente contrastar el relato del diseñador con el desarrollo del trabajo.  Una explicación persuasiva puede exagerar la aportación, mientras que un profesional competente puede tener dificultad para explicar los juicios que formó por hábito o experiencia.  Ni la facilidad de palabra ni la dificultad para explicarse bastan para dar cuenta del trabajo.

Un observador que desconoce el procedimiento de elaboración puede pasar por alto decisiones que otro profesional reconocería.  Cuando el observador afirma que no ha encontrado indicios de discernimiento, esa afirmación no basta para determinar si el observador pasó por alto decisiones pertinentes o si quien realizó la obra no ejerció su juicio sobre el aspecto examinado.  El prestigio profesional tampoco da cuenta de las decisiones concretas que se juzgan; una reputación favorable puede inspirar confianza sin resolver una cuestión relativa al trabajo.

La diseñadora relata que publicó la imagen a través de la cuenta de su empleador.  El empleador cuenta con el trabajo que la diseñadora entrega, mientras que la plataforma presenta al público su propia clasificación.  La diseñadora puede controlar la composición sin controlar el aviso que acompaña a su publicación.  Los espectadores pueden utilizar después la descripción de la plataforma para valorar una aportación cuya elaboración no presenciaron.  La autoridad de la diseñadora sobre el trabajo y la autoridad de la plataforma sobre su presentación conciernen, por tanto, a aspectos distintos de una misma relación profesional.

En un encargo, el cliente solicita una imagen, el diseñador elabora la composición y quien la publica decide si la muestra y de qué manera.  Cada participante determina un aspecto distinto de lo que llega al público.  La aprobación de una imagen terminada deja constancia de la conformidad del cliente; esa aprobación no documenta por sí sola quién dispuso los elementos de la composición.  Un espectador puede atribuir a un solo autor todas las decisiones que influyeron en la obra, incluidas las que tomaron el cliente o el responsable de la publicación.

Un cliente podría leer un rótulo de IA y deducir que un programa determinó toda la composición.  Si después equipara esa supuesta delegación con un esfuerzo insignificante, podría cuestionar los honorarios o valorar en menos la competencia del diseñador.  El rótulo identifica un procedimiento de elaboración.  El cliente añade conclusiones sobre el alcance de la delegación, el esfuerzo realizado y el valor del servicio.  Mientras no examine las decisiones efectivas del diseñador, el cliente funda su valoración en esas suposiciones añadidas.

En julio de 2024, Meta reconoció que sus sistemas habían añadido el rótulo «Creado con IA» a algunas imágenes cuyos autores solo habían realizado modificaciones menores mediante IA, incluidos algunos retoques.  Meta atribuyó los rótulos a indicadores presentes en los archivos, reconoció que la redacción del aviso no siempre ofrecía contexto suficiente y anunció el cambio a «Información de IA».3 La empresa había identificado la intervención de una tecnología, pero el aviso no había precisado debidamente el alcance de esa intervención.

La Coalición para la Procedencia y la Autenticidad del Contenido (C2PA) describe las credenciales de contenido como registros de declaraciones sobre el origen de un archivo digital y el tratamiento que ha recibido.  Las especificaciones de la coalición distinguen la verificación de esos registros del examen de si el contenido representado es verdadero, exacto o fiel a los hechos.  La coalición también advierte a los lectores que la presencia o ausencia de credenciales no basta para juzgar la fiabilidad del contenido.4 Un espectador puede tomar la verificación como motivo para confiar en quien realizó la obra.  Los procedimientos de verificación comprueban la integridad del registro; el espectador añade el juicio sobre la sinceridad de esa persona o su valía como autor.

Un empleador puede consultar un registro de elaboración para comprobar que se respetó un método estipulado.  Un crítico puede examinar la composición para valorar cómo la disposición de los elementos presenta el asunto de la obra.  El empleador y el crítico mantienen la coherencia relacional cuando cada uno sustenta su juicio en pruebas adecuadas a la responsabilidad asumida:  hacer cumplir una condición expresa del trabajo o interpretar la composición.

Cuando una plataforma coloca un aviso junto a una imagen, presenta la clasificación en el momento en que el espectador ve la obra.  La explicación posterior de quien realizó la imagen puede llegar al espectador solo si este la busca o vuelve a la conversación.  Al decidir dónde sitúa el aviso, la plataforma puede dar precedencia a su versión sobre la de quien realizó la imagen antes de que nadie haya comparado ambas.  Quien realizó la obra ha de conseguir entonces que se atienda a su rectificación y ofrecer razones para reconsiderar la primera impresión.

Los responsables de una plataforma eligen las categorías que aplican sus sistemas y los procedimientos mediante los cuales quienes elaboraron las imágenes pueden impugnar una clasificación.  Los programadores incorporan esas decisiones a los programas.  Un aviso automático puede, por tanto, aplicar a una imagen una decisión institucional sin que ningún responsable haya examinado esa imagen en particular.  Los espectadores deciden qué autoridad conceden al aviso al valorar la aportación de quien realizó la imagen.

Al proponer una captura de pantalla, la diseñadora intenta evitar el aviso mediante la supresión de la información que podría activarlo.  Si la propuesta surtiera efecto, la plataforma omitiría el rótulo y presentaría una composición sustancialmente igual.  La diseñadora habría alterado las condiciones en que los espectadores ven la obra sin modificar las decisiones que determinaron la disposición de sus elementos.  Los espectadores podrían atribuirle mayor discernimiento tras la desaparición del rótulo, aunque ella no hubiera tomado ninguna decisión adicional sobre la composición original.

En otro supuesto, alguien podría presentar una imagen como testimonio de un suceso.  Aplicar el recurso que propone la diseñadora podría eliminar de esa imagen información pertinente para comprobar si documenta el suceso.  Los espectadores dispondrían entonces de menos información para comprobar si la persona que presenta la imagen generó la escena que les pide aceptar como testimonio de algo ocurrido.

La diseñadora pide también a los lectores que paguen a diseñadores gráficos por la elaboración de folletos, logotipos y publicaciones para las redes sociales.  Invoca la autenticidad como razón para contratar esos servicios.  Un posible cliente puede interpretar esa afirmación como una promesa de conocimiento de la empresa, de una composición singular, de un método determinado o de la posibilidad de acudir a alguien que corrija los errores.  La palabra «auténtico» no precisa cuál de esas aportaciones promete la diseñadora.  El cliente podría, por tanto, contratar el servicio con una interpretación de lo ofrecido que la diseñadora no haya confirmado expresamente.

Si un cliente encarga un dibujo ejecutado a lápiz sobre papel y el diseñador entrega en su lugar una imagen generada por medios informáticos, el diseñador altera una condición convenida.  El cliente puede admirar la imagen recibida y aun así objetar la sustitución.  Con esa objeción, el cliente se remite a la técnica y al soporte convenidos; la objeción no da cuenta del valor artístico de imágenes producidas conforme a otros acuerdos.

Cuando un cliente deja al diseñador elegir las herramientas, el diseñador sigue obligado a cumplir la finalidad y las condiciones convenidas.  Si el procedimiento elegido impide una modificación prometida, la elección del método ha limitado el servicio aunque nadie haya estipulado qué herramientas debían emplearse.  Al describir el procedimiento, el diseñador permite que el cliente contraste las limitaciones del procedimiento con el servicio que espera recibir.  Los participantes preservan la coherencia transaccional cuando se corresponden lo que el diseñador declara, lo que entiende el cliente y el servicio prestado.  Una objeción posterior a una herramienta puede señalar un incumplimiento del acuerdo o introducir una condición que el diseñador nunca aceptó.

Un diseñador que conoce una empresa puede advertir una referencia que confundiría a los clientes de la empresa o comprender por qué la empresa conserva un elemento visual conocido.  También puede atender una solicitud de corrección antes de un acto público.  El cliente puede valorar lo que el diseñador sabe de la empresa y cómo el diseñador atiende las solicitudes, y aceptar al mismo tiempo que el diseñador utilice IA u otros programas informáticos.

Un cliente puede reconocer el esmero de un diseñador y, aun así, elegir un servicio más barato que considere suficiente.  El diseñador dirige la ejecución del trabajo, mientras que el cliente decide si volverá a contratar ese servicio.  El cliente también puede aceptar la rectificación de un rótulo sobre el procedimiento empleado y reconocer la aportación del diseñador, aunque decida no hacerle otro encargo.

La preocupación de la diseñadora por la sustitución de su trabajo abarca, por tanto, algo más que el reconocimiento de su aportación.  Si la diseñadora fundamenta su petición de apoyo en la inferioridad de todo trabajo realizado con ayuda de IA, un cliente que encuentre un trabajo bien resuelto puede rechazar ese fundamento sin atender a la pérdida de ingresos de la diseñadora.  En tal caso, el cliente ha respondido a la afirmación de la diseñadora acerca de un método alternativo de elaboración; la diseñadora aún tiene que procurarse el sustento ante una demanda distinta.

Una plataforma puede automatizar la clasificación de un archivo.  Un lector puede aceptar después esa clasificación como una explicación completa de la aportación de quien realizó la obra y usar esa clasificación para juzgar la competencia o el valor profesional de esa persona.  El lector ha vinculado el procedimiento descrito con el juicio sobre la persona.  La plataforma responde de su descripción; el lector responde de las conclusiones que extrae de esa descripción.

Notas

1.  «AI killed the local creative», publicación en una red social reproducida en una captura de pantalla que conserva el autor.  La diseñadora relata la publicación que suscitó la controversia; la captura no reproduce la imagen ni el aviso de la plataforma.  La fuente documenta sus afirmaciones, no las operaciones a las que recurrió ni la causa de la clasificación.

2.  Canva, «Quitar fondos de fotos y vídeos», Centro de ayuda.  La página indica que Quitafondos es una función de edición que utiliza IA y declara que esa función no añade los metadatos con los que Canva identifica el contenido generado con IA.  La descripción se refiere a la función; el relato de la diseñadora no identifica todas las operaciones a las que recurrió.  Consulta:  2 de noviembre de 2026.
https://www.canva.com/es_es/help/background-remover-variantb/

3.  Meta, «Nuestro enfoque para etiquetar el contenido generado por IA y el contenido manipulado», publicado el 5 de abril de 2024, con la actualización del 1 de julio de 2024 que explica el cambio de «Creado con IA» a «Información de IA».  El reconocimiento que Meta hizo entonces documenta una limitación en el uso de esos rótulos; no determina qué desencadenó el aviso que la diseñadora impugna.  Consulta:  2 de noviembre de 2026.
https://about.fb.com/ltam/news/2024/04/nuestro-enfoque-para-etiquetar-el-contenido-generado-por-ia-y-el-contenido-manipulado/

4.  Coalition for Content Provenance and Authenticity, «C2PA and Content Credentials Explainer», versión 2.2.  El apartado 2 describe el alcance de la verificación de procedencia; el apartado 7.1.2 trata de la confianza y la ausencia de credenciales; el apartado 7.2.2 distingue la procedencia de la veracidad del contenido.  Consulta:  2 de noviembre de 2026.
https://spec.c2pa.org/specifications/specifications/2.2/explainer/Explainer.html