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« Los límites de la responsabilidad »

July 9, 2026

Triangulation Series Nº 49
9“ x 13”
Oil on linen
2009

La decisión de autorizar la destrucción de una colección de ciento cuarenta y cinco cuadros realizados a lo largo de muchos años no fue repentina ni sencilla.  Las obras permanecieron en Venezuela durante más de dos décadas en condiciones propicias para la proliferación del moho y la acción de las termitas.  Su eventual recuperación exigiría una evaluación técnica, análisis de laboratorio, estudios de conservación, almacenamiento especializado, transporte y un destino definitivo.  Ninguna de esas etapas puede emprenderse de manera aislada.  Cada una depende de la culminación satisfactoria de la anterior.

Los cuadros fueron realizados cuando ninguna de esas circunstancias existía.  Nacieron bajo las condiciones ordinarias del trabajo artístico.  Con el paso del tiempo aquellas circunstancias cambiaron hasta el punto de que la conservación terminó convirtiéndose en la cuestión principal.

El estado material de las obras, sin embargo, no basta por sí solo para resolver la decisión.  Aun cuando los estudios técnicos concluyeran que su recuperación sigue siendo posible, cada etapa posterior continuaría sometida a incertidumbre.  Los informes técnicos no pueden anticipar el deterioro futuro.  La restauración no garantiza su permanencia.  El almacenamiento no asegura un destino final.  Cada solución incorpora una nueva condición cuyo cumplimiento depende de circunstancias que ya no pertenecen al ámbito de decisión del creador.

El costo de una empresa semejante tampoco puede reducirse a una cuestión económica.  Ninguna decisión respecto de la colección puede separarse de las responsabilidades que impondría a quienes habrían de llevarla a cabo.  La obra de una persona no puede convertirse indefinidamente en la carga de otra.  En ese momento la naturaleza del problema cambia.  Deja de referirse únicamente al estado de los cuadros y pasa a comprender las responsabilidades inherentes a su conservación.

Esas responsabilidades dejan entonces de ser abstractas.  Recaen sobre personas concretas.  En este caso corresponderían a miembros de mi propia familia cuyas circunstancias personales ya no permiten asumir una carga de esa magnitud.  El estado de los cuadros no puede separarse de la situación de quienes tendrían que hacerse cargo de ellos.

Las circunstancias actuales evocan un período muy distinto.  En 1995 surgió la posibilidad de destruir la obra ante la expectativa de que mi propia vida pudiera aproximarse a su término.  Los cuadros aparecían entonces inseparables de mi propia desaparición.  Su destrucción parecía constituir el último acto que todavía permanecía bajo mi exclusiva responsabilidad.

Han transcurrido más de tres décadas desde entonces.  La posibilidad exterior ha regresado.  Las circunstancias interiores no.  La decisión presente no nace de la expectativa de una muerte próxima.  Se adopta mientras la salud permanece estable y la vida continúa su curso ordinario.  La semejanza entre ambos momentos es únicamente aparente.  La misma decisión responde ahora a circunstancias diferentes.

La diferencia no reside en los cuadros, sino en las circunstancias que los rodean.  En 1995 la cuestión se refería a la relación entre la obra y su creador.  Hoy se refiere a la relación entre la obra y las condiciones necesarias para su conservación.

La situación de los cuadros plantea así la misma cuestión bajo una forma distinta.  Una obra puede permanecer materialmente intacta y, sin embargo, depender cada vez más de circunstancias ajenas al cuidado inmediato de quien la creó.  El deterioro físico, los recursos disponibles, las instituciones, los herederos, el mercado y el tiempo pasan a formar parte del proceso.  La voluntad del creador ya no basta para excluir su influencia.

Durante esos años intervino además otra experiencia.  En 2017 doscientas obras posteriores ingresaron en una subasta pública en los Estados Unidos.  La puja inicial de un dólar no estableció ni su mérito artístico ni su significación.  Únicamente fijó las condiciones bajo las cuales el mercado habría de recibirlas.  Algunas fueron adquiridas por sumas considerablemente superiores y continúan reapareciendo en distintas plataformas de subastas.  Desde ese momento las decisiones relativas a esas obras dejaron de pertenecer exclusivamente a su creador.

La cuestión trasciende así la pintura.  Las mismas responsabilidades alcanzan a manuscritos, archivos digitales, colecciones institucionales, bibliotecas y albaceas, aunque cada uno adopte una forma distinta.  Toda obra llega finalmente a un punto en el que su permanencia depende menos del acto que le dio origen que de circunstancias posteriores.  La responsabilidad se desplaza gradualmente desde la creación hacia las condiciones que hacen posible su conservación.

Esa constatación no disminuye el valor de la obra ni determina de antemano su destino.  Hay obras que sobreviven durante siglos.  Otras desaparecen en el curso de una generación.  Ninguno de esos desenlaces modifica el hecho de haber sido creadas.  Lo que cambia es la responsabilidad por su permanencia.

La decisión relativa a esta colección pertenece a esas circunstancias.  No establece una regla general sobre la conservación ni resta importancia a conservar cuando ello sigue siendo razonable.  Únicamente define los límites impuestos por un conjunto concreto de circunstancias.  Más allá de esos límites, conservar la obra exigiría asumir responsabilidades que las circunstancias ya no justifican.

La misma consideración alcanza a un corpus literario.  Bibliotecas, albaceas, depósitos institucionales y repositorios digitales pueden prolongar la existencia de una obra.  No pueden sustraerla a las condiciones ordinarias que rigen toda empresa humana.  La responsabilidad no consiste en agotar todos los medios imaginables de conservación.  Consiste en reconocer el momento en que conservar deja de ser una responsabilidad razonable.

Toda obra nace bajo la responsabilidad de quien la crea.  No permanece allí indefinidamente.  Las circunstancias van adquiriendo un peso mayor que la intención inicial, hasta que el porvenir de la obra depende de decisiones adoptadas por otros y bajo condiciones que el creador ni estableció ni controla.  Reconocer esa transición equivale a reconocer el momento en que la responsabilidad por la continuidad de la obra deja de corresponder a quien le dio origen.

La cuestión, por tanto, no consiste en apaciguar las emociones que naturalmente acompañan una decisión semejante.  Consiste en aceptar aquello que las circunstancias ya no hacen posible.  Son dos cosas distintas.  Una pertenece a la vida interior de la persona.  La otra pertenece a las condiciones dentro de las cuales la responsabilidad todavía puede ejercerse con honestidad.

Ricardo F. Morín

9 de Julio de 2026

Bala Cynwyd, Pensilvania