
Viabilidad
Frotados con acuarela y corrector blanco sobre papel vegetal para dibujo
50,8 x 76,2 cm
2005
Ricardo F. Morín
11 de Enero de 2026
Oakland Park, Fl
1. La pregunta suele plantearse en términos de por qué ciertos regímenes corruptos se convierten en objeto de acción política mientras otros, no menos comprometidos, no lo hacen. A primera vista, esto parecería exigir una explicación moral comparativa. En realidad, no es así. La dificultad no radica en la falta de información, sino en la suposición de que tales acciones están guiadas por un sistema coherente y generalizable de principios.
2. Lo que puede observarse no es la aplicación de un principio entre distintos casos, sino decisiones adoptadas uno a uno. La acción política no sigue una regla que pueda aplicarse de antemano a diferentes regímenes. Por esa razón, las comparaciones entre Venezuela, Arabia Saudita, Rusia o Argentina oscurecen más de lo que aclaran. Presuponen un criterio de decisión que, en la práctica, no orienta la acción.
3. Las acciones examinadas aquí son aquellas emprendidas por Donald Trump en su condición de actor político. Su nombre se introduce no para explicar el comportamiento mediante la personalidad o la intención, sino para situar la responsabilidad. El análisis parte de decisiones observables y de las circunstancias en las que dichas decisiones fueron tomadas, y no de suposiciones sobre carácter, motivo o disposición.
4. La pregunta relevante no es, por tanto, por qué algunos regímenes son confrontados y otros ignorados, sino en qué circunstancias un país presenta pocos obstáculos a la acción, y qué intereses inmediatos se alinean para hacerla viable. Esta reformulación desplaza el análisis del juicio moral hacia las circunstancias observables.
5. Entendida en estos términos, la cuestión admite una respuesta, no como regla, sino como un relato de cómo se toman decisiones en casos concretos. No existe manera de inferir, a partir del nivel de corrupción por sí solo, si la acción ocurrirá. Sí existe, en cambio, una forma de explicar por qué, en determinadas circunstancias, la acción avanza.
6. En el caso venezolano confluyen varias condiciones.
7. En primer lugar, la resistencia externa inmediata es limitada. Venezuela carece de aliados dispuestos a imponer consecuencias materiales, militares o económicas en respuesta a presiones o a una intervención de alcance limitado.
8. En segundo lugar, las instituciones del Estado no actúan de manera coordinada. Los organismos administrativos, las fuerzas de seguridad y las autoridades políticas no operan de forma consistente bajo un mando único, lo que reduce la capacidad de articular una respuesta conjunta y facilita la acción externa.
9. En tercer lugar, Venezuela puede ser presentada públicamente como un caso excepcional —marcado por colapso, conductas delictivas y fallas administrativas— lo que permite exponer acciones ante audiencias internas sin necesidad de invocar un principio general que deba aplicarse en otros contextos.
10. En cuarto lugar, los intereses económicos se canalizan mediante negociaciones de corto plazo más que a través de compromisos duraderos. El petróleo venezolano, bajo sanciones y desorden administrativo, puede incorporarse a acuerdos circunstanciales sin exigir alianzas estables.
11. Por último, la presión ejercida sobre Venezuela no provoca una disrupción inmediata de mercados clave ni de equilibrios estratégicos mayores. A diferencia de los casos de Arabia Saudita o Rusia, la acción no desencadena respuestas económicas o militares en cadena.
12. Ninguno de estos factores constituye una explicación moral ni una doctrina rectora. Considerados en conjunto, describen cuándo una administración actúa mediante la política exterior: no porque la corrupción sea mayor, sino porque la resistencia es limitada, los intereses convergen con rapidez y puede sostenerse una justificación ante el público—condiciones ausentes en muchos casos de corrupción igualmente grave.
13. Esto no explica el mundo. Explica una decisión.